Revolución hipotecaria a partir de marzo del 2019

Parecía casi imposible que en una reforma sobre la ley hipotecaria sería el cliente que saldría beneficiado y no el banco. A partir de marzo de 2019 los bancos tendrán la obligación de ser más transparentes y claros con sus clientes y tener en cuenta una serie de aspectos que contempla esta reforma:

  • Las entidades de crédito estarán obligadas a pagar todos los costes de constitución de los créditos hipotecarios menos la tasación de la vivienda. Es decir, que tendrán que hacer frente a los costes de gestión, servicios notariales y de registro e impuestos de actos jurídicos documentados. Mientras que el cliente que firma la hipoteca asume la tasación que se sitúa entre unos trescientos y seiscientos euros de media. Diferentes expertos del sector ya prevén que este coste que asumen las entidades de crédito será repercutido en el coste de la hipoteca aumentando el tipo de interés.
  • Evitar errores de comprensión es uno de los otros objetivos de la reforma hipotecaria. La ley establece un período de mínimo 10 días para que el cliente analice el contrato antes de firmarlo y pueda resolver todas aquellas dudas que le puedan surgir. Además además, el notario tiene la obligación de asegurarse de que el cliente antes de firmar comprende todos los aspectos de su hipoteca.
  • Desaparece la cláusula suelo. Es decir que las operaciones que trabajen con un tipo de interés variable no podrán fijar un límite a la baja los tipos de interés, al menos, este interés del préstamo tampoco podrá ser negativo. De modo que en caso del Euribor baje a niveles negativos de años atrás, sea el banco quien pague la hipoteca.
  • Cambiar de entidad o mejorar las condiciones cuando el cliente quiera. Si una vez iniciado el préstamo hipotecario el cliente quiere cambiar de entidad por una que le ofrezca mejores condiciones lo podrá hacer sin tener que cumplir con la primera entidad con la que firmó. Además, también existe la posibilidad de que mejore las condiciones para que podrá subrogar y renovar el préstamo inicial.
  • El embargo será más difícil debido principalmente a que no se podrá producir un desahucio hasta que no se cumplan 12 meses de impago en la primera mitad de vida del préstamo o bien cuando la deuda represente el 3% del total prestado. En la segunda mitad de vida del préstamo el plazo de impago aumenta hasta 15 meses o el equivalente al 7% del capital pendiente de pago.

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