Cómo funciona el nuevo Decreto Legislativo que regula los precios del alquiler?

El pasado 21 de mayo entró en vigor el DECRETO LLEI9 / 2.019 de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de alquiler y modificación del libro quinto del Código Civil de Cataluña en el ámbito de prenda.

A qué tipos de contratos afecta?

Los contratos de arrendamiento que quedan sujetos a este nuevo decreto son aquellos destinados a ser la vivienda habitual por parte del arrendatario y no se trate de pisos de protección oficial. Además, también deben cumplir la condición de ser viviendas que se encuentren dentro de un área declarada «mercado de vivienda tienes». Las áreas de mercado de vivienda tienes sueño declaradas por parte de la Generalidad de Cataluña excepto en Barcelona que lo es el Ayuntamiento.

Para declarado un municipio o una zona dentro de una mismo es el resultado de la aplicación del Índice de referencia de los precios de alquiler que apruebe el propio departamento de la Generalitat encargado de los temas de vivienda.

¿Cómo afecta este nuevo decreto?

El hecho principal regula este nuevo decreto es que la renta pactada entre el arrendatario y el arrendador no puede superar el 10% del precio de referencia de una vivienda similar en el mismo entorno urbano. Es obligatorio en este caso adjuntar al contrato el documento resultante de la aplicación del índice expresado en euros por metro cuadrado. El importe de esta renta debe constar exacto en el contrato así como la revisión de la renta pactada y que incluye volver al índice de nuevo.

Al mismo tiempo también es obligatorio que incluya a las ofertas de pisos de alquiler que formen parte de un área considerada con un mercado de vivienda tienes que existe la obligación de aplicar este índice.

Y si ya tengo el piso alquilado?

En el momento en que se acaba el contrato de arrendamiento se puede volver a crear un contrato nuevo con las mismas características y el mismo precio que el primero si se acredita al nuevo contrato todos los aspectos y siendo explícito con el importe de la renta pactada y la fecha del contrato inicial.

Lo mismo ocurre con las viviendas nuevas?

Se ha contemplado un tratamiento específico para las viviendas de nueva construcción o bien si se han rehabilitado para destinarlos a alquiler. Ante esta situación se considera que una vez se obtiene el certificado de finalización de obra y durante los próximos cinco años el precio del alquiler no puede superar el 20% del precio de referencia para pisos similares en el mismo entorno urbano.



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