Los policías locales podrán reducir la edad de jubilación con nuevos correctores

A partir del 2 de enero de 2019 se hará efectivo la nueva aprobación del Real Decreto 1449/2018 donde se establece el coeficiente reductor de la edad de jubilación a favor de los policías locales de las entidades municipales donde trabajen.

El tiempo que se les reduce es el período equivalente a aplicar a los años completos efectivamente trabajados como policías locales el coeficiente reductor de 0,20. Se consideran efectivos el tiempo dedicado a la actividad como policía local, descontando los días de incapacidad temporal por enfermedad, las bajas por maternidad o paternidad y los permisos y licencias retribuidas. Es decir, que se aplica sobre los días realmente trabajados como policías locales.

El hecho de reducir el tiempo de jubilación implicaría también menos cotización por parte del trabajador a la Seguridad Social. Es por ello que se establece un aumento de la cotización de la Seguridad Social de forma adicional para que se pueda mantener lo que se llama equilibrio financiero.

Por tanto, las Administraciones Públicas que tienen competencia de Policías Locales deberán regularizarse con fecha 02/01/2019 pero con efectos de 01/01/2019. Este trámite deberán realizarlo a través de su usuario RED y comunicando la relación de datos de policías locales.

Se recomienda que antes de finalizar el mes de enero de 2019 los Ayuntamientos y entes públicos tengan regularizada esta situación para verificar que los datos y que se está cotizando correctamente a todos los policías locales.

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