Nueva Regularización Extraordinaria de Extranjería

Guía Práctica Informativa de Aplicación:

Tras la reciente aprobación de la reforma del Reglamento de Extranjería que introduce el proceso de Regularización Extraordinaria, nuestro despacho ha analizado las claves técnicas de esta medida para que usted pueda prepararse con total seguridad jurídica.

  1. Marco Temporal y Exclusiones

Es fundamental prestar atención a las fechas y situaciones administrativas que definen quién puede y quién no puede acceder a este proceso:

Fecha de corte: Solo es aplicable a quienes demuestren su entrada en España antes del 1 de enero de 2026.

-Incompatibilidad con otros permisos: No podrán solicitarla quienes tengan actualmente una estancia o residencia en vigor (estudiantes, trabajadores, inversores, etc.).

-Expedientes en curso: Si tiene una solicitud de renovación o modificación pendiente, deberá esperar a su resolución, pues el sistema no permite duplicidad de trámites.

-Nota sobre el Arraigo: Los expedientes presentados entre el 20/05/2025 y la entrada en vigor de la reforma se resolverán directamente bajo este nuevo marco (salvo motivos humanitarios), evitando que el interesado deba iniciar un nuevo proceso.

  • Condiciones Específicas de la Solicitud

A diferencia de otros permisos, esta regularización exige requisitos muy concretos:

-Estancia Ininterrumpida: Se deben acreditar 5 meses de permanencia sin salidas del país. Es un criterio más estricto que la residencia continuada habitual.

-Antecedentes Penales: Se requiere certificado de origen, a menos que lleve más de 5 años en España o haya aportado dichos documentos en otro trámite en los últimos 6 meses.

Vías de acceso (Supuestos):

-Laboral: Mediante actividad previa (cuenta propia/ajena) o compromiso de contratación futura (oferta de empleo o declaración responsable).

-Unidad Familiar: Convivencia con hijos menores, hijos dependientes por salud/discapacidad o ascendientes directos a cargo.

-Vulnerabilidad: Casos acreditados mediante informe oficial de servicios sociales o entidades autorizadas.

-Solicitantes de Asilo: Deberán demostrar que su petición de protección internacional es anterior al 01/01/2026.

  • Calendario y Procedimiento

Plazo Improrrogable: Las solicitudes se abrirán el 16 de abril y se cerrarán definitivamente el 30 de junio.

Presentación: Se prioriza la vía telemática (Plataforma Mercurio con certificado digital). Para la vía presencial, se habilitarán oficinas en horario de tarde (16:00 a 19:00h) sujetas a cita previa.

Resolución: La competencia recae en la UTEX (Vigo), que gestionará el proceso en dos fases: validación documental y resolución de fondo.

Garantía jurídica: Cualquier expediente de expulsión o devolución quedará suspendido automáticamente al iniciar este trámite.

  • Nuestro Compromiso Profesional

El éxito en una regularización depende de la estrategia documental. Los errores en la acreditación de la estancia o en la vigencia de los certificados son la principal causa de denegación.

Desde nuestro despacho le ofrecemos:

-Análisis preventivo de sus pruebas de estancia.

-Gestión de la firma digital para la presentación inmediata. (se cobrará aparte)

-Seguimiento técnico ante la UTEX para evitar silencios administrativos.

5.- HONORARIOS y FORMA DE PAGO:

-REGULARIZACIÓN: CONSULTAR

CERTIFICADO DIGITAL PARA EL CASO DE REQUERIRLO EL CLIENTE:    CONSULTAR

Este proceso representa la mayor ventana de oportunidad legal en la última década. Le invitamos a contactar con nosotros hoy mismo para auditar su documentación y asegurar su plaza en este periodo extraordinario.

Atentamente,

¿Cómo proceder ahora?

Le recomendamos solicitar su histórico de empadronamiento y verificar la vigencia de su pasaporte de forma inmediata. Quedamos a su disposición para resolver cualquier consulta técnica.

GUÍA DETALLADA DE DOCUMENTACIÓN NECESARIA

Para garantizar el éxito de su solicitud ante la UTEX, es imprescindible que todos los documentos sean escaneados en color, en formato PDF y con total legibilidad.

1. Identificación y Viaje

Pasaporte Completo: Copia de todas las páginas (desde la portada hasta la contraportada), incluyendo las páginas en blanco. El pasaporte debe estar en vigor.

Documentación de identidad anterior: Si renovó su pasaporte recientemente en España, es aconsejable aportar también el pasaporte caducado para acreditar la entrada al país.

2. Acreditación de Estancia e Ininterrupción (Los 5 meses clave)

Debe demostrar que no ha salido de España en los 5 meses previos a la solicitud. Son válidos:

Certificado de Empadronamiento Histórico: Emitido por el Ayuntamiento (es el documento principal).

Pruebas de presencia física: Facturas de compras nominativas, tickets de transporte público (tarjeta de transporte), envíos de dinero, recibos de farmacia o informes de asistencia médica (urgencias o consultas).

Extractos bancarios: Movimientos de tarjetas que demuestren pagos presenciales en comercios locales de forma recurrente.

3. Certificados de Antecedentes

País de Origen: Certificado original debidamente apostillado (o legalizado por vía diplomática) y con traducción jurada al castellano si el idioma original no es el español.

Excepción: No será necesario si demuestra residencia legal en España los últimos 5 años o si los entregó en otro trámite de extranjería hace menos de 6 meses.

España: Nuestro despacho puede gestionar su certificado de antecedentes penales en el Ministerio de Justicia si nos autoriza.

4. Documentación según su Supuesto Específico

Deberá aportar uno de los siguientes bloques según su situación:

A) Vía Laboral:

Si ya trabajó: Vida laboral o certificados de empresa.

Si tiene oferta: Contrato de trabajo firmado por ambas partes.

Si es autónomo: Plan de empresa y Declaración Responsable (según modelo oficial del Decreto).

B) Vía Familiar:

Libro de familia, certificados de nacimiento o matrimonio (apostillados y traducidos).

Certificado de empadronamiento conjunto que acredite la convivencia con el familiar residente.

En caso de hijos mayores dependientes: informes médicos que acrediten la discapacidad o necesidad de apoyo.

C) Vía Vulnerabilidad:

Informe de Vulnerabilidad: Emitido por Servicios Sociales municipales o entidades del tercer sector autorizadas por el Ministerio, siguiendo el modelo oficial.

5. Solicitantes de Asilo

Tarjeta Roja o resguardo de presentación: Documento que acredite que la solicitud de Protección Internacional se realizó con fecha anterior al 1 de enero de 2026.

Nota técnica importante: Los documentos extranjeros (penales, actas de nacimiento/matrimonio) tienen una validez limitada. Le recomendamos no solicitarlos todavía si su cita es lejana, para evitar que caduquen antes de la presentación el 16 de abril.

CHECK LIST DOCUMENTACIÓN REGULARIZACIÓN.

✅ LISTA DE CONTROL: REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA 2026

Utilice esta lista para organizar su documentación. Recuerde que no presentar un documento o que este esté caducado es la causa principal de denegación.

1. IDENTIDAD (Obligatorio)

Pasaporte original en vigor.

Copia completa del pasaporte (todas las páginas, desde la primera a la última, en color).

Pasaporte anterior (si el actual fue renovado recientemente en España).

2. ANTECEDENTES PENALES (Obligatorio)

Certificado de Antecedentes Penales de su país de origen.

Apostilla de la Haya (o legalización diplomática) en el certificado de penales.

Traducción Jurada al castellano (si el certificado no está en español).

Nota: Solo si no ha residido legalmente en España los últimos 5 años.

3. PRUEBAS DE ESTANCIA (Mínimo 5 meses sin salir de España)

Certificado de Empadronamiento Histórico (pídalo en su Ayuntamiento).

Pruebas de presencia física en España:

Informes médicos o recetas de la Seguridad Social.

Extractos bancarios con pagos en comercios físicos.

Abonos de transporte nominativos.

Envíos de dinero (remesas) realizados desde España.

4. SEGÚN SU SITUACIÓN (Elija una de las tres vías)

A. VÍA LABORAL

Contrato de trabajo firmado (Oferta).

O Declaración Responsable de trabajo por cuenta propia (Modelo oficial).

O Vida laboral (si ya ha trabajado previamente en España).

B. VÍA FAMILIAR

Certificado de nacimiento de los hijos o de matrimonio (Apostillados).

Certificado de discapacidad o informe de salud (para hijos mayores dependientes).

Empadronamiento conjunto con el familiar residente legal.

C. VÍA VULNERABILIDAD

Informe de Vulnerabilidad emitido por Servicios Sociales o entidad autorizada.

5. SOLICITANTES DE ASILO (Si aplica)

Resguardo de solicitud de asilo o Tarjeta Roja (debe ser anterior al 01/01/2026).

⚠️ REQUISITOS TÉCNICOS PARA EL ENVÍO:

Formato: Todos los documentos deben estar en PDF.

Calidad: Escaneados en color, no se admiten fotos con sombras o dedos visibles.

Vigencia: Los certificados de penales y familiares no deben tener más de 3 meses de antigüedad al momento de la presentación (salvo que el propio documento indique un plazo mayor).



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