{"id":832,"date":"2019-03-28T07:30:20","date_gmt":"2019-03-28T06:30:20","guid":{"rendered":"https:\/\/www.sugranyes.com\/?p=832"},"modified":"2023-10-18T12:21:34","modified_gmt":"2023-10-18T10:21:34","slug":"puntos-clave-de-la-nueva-reforma-laboral","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.sugranyes.com\/es\/2019\/03\/puntos-clave-de-la-nueva-reforma-laboral\/","title":{"rendered":"Puntos clave de la nueva reforma laboral"},"content":{"rendered":"<p><strong>Se incrementa sustancialmente el SMI hasta los 900 euros.<\/strong><\/p>\n<p>Existe un nuevo Salario M\u00ednimo Interprofesional de 900\u20ac, es decir, 30\u20ac\/d\u00eda.<\/p>\n<p>No se podr\u00e1 establecer, por la jornada completa, un salario menor a esas cuant\u00edas, ni a trav\u00e9s de ning\u00fan convenio. Y por eso, este salario es el nuevo m\u00f3dulo para la fijaci\u00f3n de todos los complementos salariales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Se pone fin al contrato indefinido de apoyo a emprendedores.<\/strong><\/p>\n<p>Esta mesura supone el fin de los periodos de prueba que preve\u00eda este tipo de contrato de hasta un a\u00f1o de duraci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Se establecen porcentajes de recargo de cotizaci\u00f3n a la Seguridad Social en los contratos temporales de muy corta duraci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>Se elevan las cuotas empresariales, en hasta un 40%, con el objetivo de protecci\u00f3n social de los trabajadores afectados.<\/p>\n<p>La Ley General de Seguridad Social dispone la aplicaci\u00f3n, a los d\u00edas efectivamente trabajados y cotizados, de un &lt;&lt;coeficiente de temporalidad, que se corresponde con el incremento en la cotizaci\u00f3n antes se\u00f1alado, y que permitir\u00e1 al trabajador reunir un mayo n\u00famero de d\u00edas en alta para el acceso a las prestaciones del sistema&gt;&gt;.<\/p>\n<p>Ahora existe la obligaci\u00f3n de dar de alta en el sistema de Seguridad Social a personas que participan en programas de formaci\u00f3n y realizaci\u00f3n de pr\u00e1cticas no laborales y en las pr\u00e1cticas acad\u00e9micas externas. La no remuneraci\u00f3n no es obst\u00e1culo para ello.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Aumentan las bases de cotizaci\u00f3n en el r\u00e9gimen general de la Seguridad Social y en el r\u00e9gimen especial de trabajadores aut\u00f3nomos.<\/strong><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>Se establece un doble incremento, por un lado, de un 7% el tope m\u00e1ximo de cotizaci\u00f3n y, por otro, el incremento de sus bases m\u00ednimas en el porcentaje experimentado para el a\u00f1o 2019 por el Salario M\u00ednimo Interprofesional, en el entorno de un 22%.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Se recupera la posibilidad de que los convenios colectivos establezcan cl\u00e1usulas de jubilaci\u00f3n forzosa.<\/strong><\/p>\n<p>Los convenios colectivos tienen autorizaci\u00f3n para poder introducir cl\u00e1usulas que posibilitan la extinci\u00f3n de los contratos de trabajo, siempre que los trabajadores cumplan con la edad legal de jubilaci\u00f3n i causen el 100% de la pensi\u00f3n ordinaria.<\/p>\n<p>Desaparecen las medidas que apoyan a la contrataci\u00f3n vinculada a las tasas de paro superiores al 15%.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Medidas urgentes para la igualdad de trato.<\/strong><\/p>\n<p>Las empresas disponen de un periodo transitorio para la aprobaci\u00f3n de los planes de igualdad. Las que tengan m\u00e1s de 150 trabajadores tendr\u00e1n un periodo transitorio de 1 a\u00f1o, las que tengan m\u00e1s de 100 y hasta los 150 trabajadores tendr\u00e1n 2 a\u00f1os y las empresas con m\u00e1s de 50 y hasta 100 trabajadores disponen de 3 a\u00f1os.<\/p>\n<p>Estas empresas est\u00e1n obligadas a realizar un diagn\u00f3stico sobre el proceso de selecci\u00f3n, clasificaci\u00f3n profesional, formaci\u00f3n y promoci\u00f3n profesional, condiciones de trabajo, y tambi\u00e9n la \u201cAuditor\u00eda salarial entre mujeres y hombres\u201d.<\/p>\n<p>El diagnostico deber\u00e1 ser negociado con la representaci\u00f3n de los trabajadores. Estos planes deben ser registrados en un registro que ser\u00e1 creado en el Ministerio de Trabajo.<\/p>\n<p>La violencia de g\u00e9nero, ahora supone la interrupci\u00f3n del computo de la duraci\u00f3n prevista en el contrato.<\/p>\n<p>Se extinguir\u00e1 el periodo de prueba durante la situaci\u00f3n de embarazo de la trabajadora. La extinci\u00f3n del contrato de trabajo durante el periodo de prueba, se declarar\u00e1 nulo en caso de que esta trabajadora este embarazada.<\/p>\n<p>Se crea la obligaci\u00f3n de que las empresas creen un registro salarial, con los valores medios de salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales de la plantilla. Estos ser\u00e1n desagregados por sexo y distribuidos en funci\u00f3n del grupo profesional, categor\u00eda y puesto de trabajo de igual valor.<\/p>\n<p>Se reconoce el derecho de los trabajadores a adaptar la duraci\u00f3n, distribuci\u00f3n de la jornada, la ordenaci\u00f3n del tiempo de trabajo e incluso la modalidad en la que se trabaja con el objetivo de hacer efectivo la conciliaci\u00f3n de la vida laboral y familiar.<\/p>\n<p>Y es por esta raz\u00f3n que se incluye la distribuci\u00f3n de su trabajo a distancia.<\/p>\n<p>En caso que estas adaptaciones se soliciten por el cuidado de hijos, este derecho se tendr\u00e1 hasta los 12 a\u00f1os.<\/p>\n<p>Existe un nuevo permiso para el cuidado del lactante. En los primeros 9 meses des del nacimiento, se tendr\u00e1 derecho a ausentarse una hora, que se podr\u00e1 dividir en dos fracciones o sustituirlo por una reducci\u00f3n de su jornada.<\/p>\n<p>Este permiso podr\u00e1 ser de disfrute de ambos progenitores.<\/p>\n<p>Se equipar\u00e1n los permisos de maternidad y paternidad en 16 semanas de duraci\u00f3n, de estas, las 6 primeras son obligatorias para ambos.<\/p>\n<p>En 2019 el permiso de paternidad ser\u00e1 de 8 semanas, en 2020 de 12 i en 2021 de 16.<\/p>\n<p>A partir de ahora, se considera nulo el despido de las victimas de violencia de g\u00e9nero, para hacer efectivo la protecci\u00f3n y el derecho a la asistencia social.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Medidas urgentes de protecci\u00f3n social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo.<\/strong><\/p>\n<p>Las empresas est\u00e1n obligadas a garantizar el registro diario de sus trabajadores incluyendo el horario concreto de inicio y finalizaci\u00f3n de la jornada de cada persona. Siempre y cuando, no perjudique a la flexibilidad horaria.<\/p>\n<p>Es decir, que los trabajadores tendr\u00e1n la obligaci\u00f3n de fichar al inicio y al final de la jornada para que las empresas puedan tener este registro. Adem\u00e1s, las empresas estar\u00e1n obligadas a guardar estos registros durante cuatro a\u00f1os y a disposici\u00f3n de los trabajadores, sus representantes legales y de posibles inspecciones de Trabajo y Seguridad Social.<\/p>\n<p>Se reconoce el derecho al subsidio de desempleo para mayores de 52 a\u00f1os. No se podr\u00e1 acceder a este subsidio si el cese en el \u00faltimo trabajo es voluntario.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se elimina la consideraci\u00f3n de la renta de unidad familiar para el acceso al subsidio.<\/p>\n<p>Durante la percepci\u00f3n de dicho subsidio, la entidad gestora cotizar\u00e1 por la contingencia de jubilaci\u00f3n. Estas tendr\u00e1n efecto para el c\u00e1lculo de las bases reguladoras de la pensi\u00f3n de jubilaci\u00f3n, as\u00ed como para completar el tiempo necesario para el acceso a la jubilaci\u00f3n anticipada.<\/p>\n<p>Nuevas bonificaciones para las empresas que contraten a parados de larga duraci\u00f3n, que son las personas desempleadas e inscritas en las oficinas de colocaci\u00f3n al menos 12 meses, en los 18 anteriores a la contrataci\u00f3n.<\/p>\n<p>Para la contrataci\u00f3n de ellos existe una bonificaci\u00f3n mensual de la cuota empresarial a la Seguridad Social, pero este contrato tiene que ser de una duraci\u00f3n m\u00ednima de 3 a\u00f1os.<\/p>\n<p>Cuando alg\u00fan de estos contratos se extinga por causas objetivas o despido disciplinario, no se considerar\u00e1n incumplidas las obligaciones de mantenimiento.<\/p>\n<p>Se establecen nuevas prestaciones familiares y el importe del l\u00edmite de ingreso para el acceso a estas.<\/p>\n<p>Se crean normas especiales para la protecci\u00f3n de las personas trabajadoras en el sector mar\u00edtimo-pesquero. Se equipar\u00e1 el R\u00e9gimen Especial de Seguridad Social de los Trabajadores del Mar con el R\u00e9gimen General, en la prestaci\u00f3n econ\u00f3mica por nacimiento y cuidado del menor, y el cuidado del lactante.<\/p>\n<p>Los artistas en espect\u00e1culos p\u00fablicos podr\u00e1n continuar en el R\u00e9gimen General durante sus periodos de inactividad de forma voluntaria. Para ello tendr\u00e1n que acreditar, al menos, veinte d\u00edas en alta con prestaci\u00f3n real de servicios durante el \u00faltimo a\u00f1o antes de la solicitud.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Se incrementa sustancialmente el SMI hasta los 900 euros. Existe un nuevo Salario M\u00ednimo Interprofesional de 900\u20ac, es decir, 30\u20ac\/d\u00eda. No se podr\u00e1 establecer, por la jornada completa, un salario menor a esas cuant\u00edas, ni a trav\u00e9s de ning\u00fan convenio. 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