{"id":2564,"date":"2022-02-02T11:15:43","date_gmt":"2022-02-02T10:15:43","guid":{"rendered":"https:\/\/www.sugranyes.com\/?p=2564"},"modified":"2023-10-18T12:21:09","modified_gmt":"2023-10-18T10:21:09","slug":"real-decreto-ley-32-2021-de-28-de-diciembre-para-reducir-la-temporalidad-laboral","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.sugranyes.com\/es\/2022\/02\/real-decreto-ley-32-2021-de-28-de-diciembre-para-reducir-la-temporalidad-laboral\/","title":{"rendered":"Real Decreto &#8211; Ley 32\/2021, de 28 de diciembre, para reducir la temporalidad laboral"},"content":{"rendered":"<p>Se ha aprobado el Real Decreto &#8211; Ley 32\/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garant\u00eda de la estabilidad al empleo y la transformaci\u00f3n del mercado de trabajo, con el principal objetivo de reducir la temporalidad laboral.<\/p>\n<p>En materia social destacan diferentes modificaciones aplicadas a las distintas tipolog\u00edas contractuales hasta ahora vigentes.<\/p>\n<p>En este sentido, se recupera la presunci\u00f3n general en la que el contrato de trabajo se presume indefinido, s\u00f3lo se admiten dos tipolog\u00edas contractuales tasadas de temporalidad y desaparece el contrato por obra o servicio determinado. Los dos supuestos de contrataci\u00f3n temporal son:<\/p>\n<ul>\n<li>Por circunstancias de la producci\u00f3n (imprevisibles y previsibles)<\/li>\n<li>Sustituci\u00f3n<\/li>\n<\/ul>\n<p>El contrato por circunstancias imprevisibles de la producci\u00f3n se podr\u00e1 celebrar durante un incremento ocasional, imprevisible y con oscilaciones (incluidas las derivadas de las vacaciones anuales) que, a pesar de tratarse de la actividad normal de la empresa, generen un desajuste temporal en el empleo.<\/p>\n<p>Este contrato tendr\u00e1 una duraci\u00f3n m\u00e1xima de seis meses ampliables hasta un a\u00f1o si as\u00ed lo establece el convenio colectivo de aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El contrato por circunstancias previsibles de la producci\u00f3n podr\u00e1 celebrarse para atender situaciones ocasionales, previsibles y que tengan una duraci\u00f3n reducida y delimitada a 90 d\u00edas. No podr\u00e1 aplicarse cuando la naturaleza del contrato sea para realizar tareas de la actividad habitual u ordinaria de la empresa.<\/p>\n<p>Como se ha comentado, la duraci\u00f3n m\u00e1xima ser\u00e1 de 90 d\u00edas por a\u00f1o natural, con independencia del n\u00famero de trabajadores necesarios en cada uno de estos d\u00edas y nunca de forma continuada. A la hora de confeccionar el contrato se tendr\u00e1n que justificar las circunstancias concretas y la duraci\u00f3n prevista.<\/p>\n<p>En cuanto a los contratos de sustituci\u00f3n deber\u00e1 especificarse siempre en el contrato de trabajo el nombre de la persona sustituida y la causa de la sustituci\u00f3n y podr\u00e1 celebrarse para sustituir a personas durante una suspensi\u00f3n de contrato con reserva de puesto de trabajo , completar la jornada reducida por causa legal o convencional de otro trabajador o por cubrir vacantes durante un proceso de selecci\u00f3n durante un m\u00e1ximo de 3 meses.<\/p>\n<p>Al derogar el contrato de obra o servicio determinado, esta necesidad contractual se incluye en el contrato fijo discontinuo. Se ampl\u00edan los supuestos de contrato fijo discontinuo, que ahora compran los trabajos de:<\/p>\n<ul>\n<li>Naturaleza estacional<\/li>\n<li>Vinculados a actividades productivas de temporada<\/li>\n<li>Los que carecen de esta naturaleza pero que, siendo prestaci\u00f3n intermitente, tienen per\u00edodos de ejecuci\u00f3n ciertos, determinados o indeterminados.<\/li>\n<li>Prestaci\u00f3n de servicios en el marco de la ejecuci\u00f3n de contratos mercantiles o tareas administrativas que formen parte de la actividad ordinaria de la empresa.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Para los contratos fijos discontinuos se establece un per\u00edodo m\u00e1ximo de 3 meses entre la suspensi\u00f3n del contrato y el nuevo llamamiento.<br \/>\nLa nueva regulaci\u00f3n deroga los contratos para la formaci\u00f3n y el aprendizaje y el contrato en pr\u00e1cticas y pasan a denominarse contratos de formaci\u00f3n en alternancia con el trabajo retribuido por cuenta de atrio y contrato para la obtenci\u00f3n de la pr\u00e1ctica profesional .<\/p>\n<p>El contrato de formaci\u00f3n por alternancia tendr\u00e1 una duraci\u00f3n m\u00ednima de 3 meses y una duraci\u00f3n m\u00e1xima de 2 a\u00f1os y el contrato para la obtenci\u00f3n de la pr\u00e1ctica profesional se podr\u00e1 celebrar dentro de los 3 a\u00f1os siguientes a la obtenci\u00f3n de los estudios, 5 a\u00f1os por las personas con discapacidad; la duraci\u00f3n de esta tipolog\u00eda contractual ser\u00e1 de m\u00ednimo 6 meses y m\u00e1ximo 1 a\u00f1o.<\/p>\n<p>Cabe destacar que los contratos por obra o servicio determinado y los contratos eventuales por circunstancias de la producci\u00f3n, celebrados desde el 31 de diciembre de 2021 hasta el 30 de marzo de 2022, se regir\u00e1n por la normativa legal vigente en la fecha en que se han concertado y su duraci\u00f3n no podr\u00e1 ser superior a 6 meses.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Aprobado el Real Decreto &#8211; Ley 32\/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garant\u00eda de la estabilidad al empleo y la transformaci\u00f3n del mercado de trabajo, con el principal objetivo de reducir la temporalidad laboral.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":362,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_joinchat":[],"footnotes":""},"categories":[9],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.sugranyes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2564"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.sugranyes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.sugranyes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.sugranyes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.sugranyes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2564"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.sugranyes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2564\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3469,"href":"https:\/\/www.sugranyes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2564\/revisions\/3469"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.sugranyes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/362"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.sugranyes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2564"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.sugranyes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2564"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.sugranyes.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2564"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}